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5.
Esquizofrenia y otros trastornos psicóticos
Esquizofrenia
Criterios para el
diagnóstico de Esquizofrenia
A.
Síntomas característicos: Dos (o más) de los siguientes, cada uno de ellos
presente durante una parte significativa de un período de 1 mes (o menos si
ha sido tratado con éxito):
1.
ideas delirantes
2. alucinaciones
3. lenguaje desorganizado (p. ej., descarrilamiento frecuente o
incoherencia)
4. comportamiento catatónico o gravemente desorganizado
5. síntomas negativos, por ejemplo, aplanamiento afectivo, alogia o
abulia
Nota: Sólo se requiere un síntoma del Criterio A si las ideas
delirantes son extrañas, o si las ideas delirantes consisten en una voz que
comenta continuamente los pensamientos o el comportamiento del sujeto, o si
dos o más voces conversan entre ellas.
B.
Disfunción social/laboral: Durante una parte singnificativa del tiempo desde
el inicio de la alteración, una o más áreas importantes de actividad, como
son el trabajo, las relaciones interpersonales o el cuidado de uno mismo,
están claramente por debajo del nivel previo al inicio del trastorno (o,
cuando el inicio es en la infancia o adolescencia, fracaso en cuanto a
alcanzar el nivel esperable de rendimiento interpersonal, académico o
laboral).
C.
Duración: Persisten signos continuos de la alteración durante al menos 6
meses. Este período de 6 meses debe incluir al menos 1 mes de síntomas que
cumplan el Criterio A (o menos si se ha tratado con éxito) y puede incluir
los períodos de síntomas prodrómicos y residuales. Durante estos períodos
prodrómicos o residuales, los signos de la alteración pueden manifestarse
sólo por síntomas negativos o por dos o más síntomas de la lista del
Criterio A, presentes de forma atenuada (p. ej., creencias raras,
experiencias perceptivas no habituales).
D.
Exclusión de los trastornos esquizoafectivo y del estado de ánimo: El
trastorno esquizoafectivo y el trastorno del estado de ánimo con síntomas
psicóticos se han descartado debido a: 1) no ha habido ningún episodio
depresivo mayor, maníaco o mixto concurrente con los síntomas de la fase
activa; o 2) si los episodios de alteración anímica han aparecido durante
los síntomas de la fase activa, su duración total ha sido breve en relación
con la duración de los períodos activo y residual.
E.
Exclusión de consumo de sustancias y de enfermedad médica: El trastorno no
es debido a los efectos fisiológicos directos de alguna sustancia (p. ej.,
una droga de abuso, un medicamento) o de una enfermedad médica.
F.
Relación con un trastorno generalizado del desarrollo: Si hay historia de
trastorno autista o de otro trastorno generalizado del desarrollo, el
diagnóstico adicional de esquizofrenia sólo se realizará si las ideas
delirantes o las alucinaciones también se mantienen durante al menos 1 mes
(o menos si se han tratado con éxito).
Clasificación del curso longitudinal:
Episódico con síntomas residuales interepisódicos
(los episodios están determinados por la reaparición de síntomas psicóticos
destacados): especificar también si: con síntomas negativos acusados
Episódico sin síntomas residuales interepisódicos:
Continuo (existencia de claros síntomas psicóticos a lo largo del período de
observación): especificar también si: con síntomas negativos acusados
Episodio único en remisión parcial:
especificar también si: con síntomas negativos acusados
Episodio único en remisión total
Otro patrón o no especificado
Menos de 1 año desde el inicio de los primeros síntomas de
fase activa
Criterios para el diagnóstico de F20.0 Tipo paranoide
(295.30)
Un tipo de esquizofrenia en el que se cumplen los siguientes
criterios:
A.
Preocupación por una o más ideas delirantes o alucinaciones auditivas
frecuentes.
B.
No hay lenguaje desorganizado, ni comportamiento catatónico o desorganizado,
ni afectividad aplanada o inapropiada.
Codificación del curso de la esquizofrenia en el quinto
dígito:
.x2 Episódico con síntomas residuales interepisódicos
.x3 Episódico con síntomas residuales no interepisódicos
.x0 Continuo
.x4 Episodio único en remisión parcial
.x5 Episodio único en remisión total
.x8 Otro patrón o no especificado
.x9 Menos de 1 ano desde el inicio de los primeros síntomas de fase activa
Criterios para el diagnóstico de F20.0 Tipo desorganizado
(295.10)
Un tipo de esquizofrenia en el que se cumplen los siguientes
criterios:
A.
Predominan:
1.
lenguaje desorganizado
2. comportamiento desorganizado
3. afectividad aplanada o inapropiada
B.
No se cumplen los criterios para el tipo catatónico.
Codificación del curso de la esquizofrenia en el quinto
dígito:
.x2 Episódico con síntomas residuales interepisódicos
.x3 Episódico con síntomas residuales no interepisódicos
.x0 Continuo
.x4 Episodio único en remisión parcial
.x5 Episodio único en remisión total
.x8 Otro patrón o no especificado
.x9 Menos de 1 ano desde el inicio de los primeros síntomas de fase activa
Criterios para el diagnóstico de F20.2 Tipo catatónico
(295.20)
Un tipo de esquizofrenia en el que el cuadro clínico está
dominado por al menos dos de los siguientes síntomas:
1.
inmovilidad motora manifestada por catalepsia (incluida la flexibilidad
cérea) o estupor
2. actividad motora excesiva (que aparentemente carece de propósito y
no está influida por estímulos externos)
3. negativismo extremo (resistencia aparentemente inmotivada a todas
las órdenes o mantenimiento de una postura rígida en contra de los intentos
de ser movido) o mutismo
4. peculiaridades del movimiento voluntario manifestadas por la
adopción de posturas extrañas (adopción voluntaria de posturas raras o
inapropiadas), movimientos estereotipados, manierismos marcados o muecas
llamativas
5. ecolalia o ecopraxia
Codificación del
curso de la esquizofrenia en el quinto dígito:
.x2 Episódico con
síntomas residuales interepisódicos
.x3 Episódico con síntomas residuales no interepisódicos
.x0 Continuo
.x4 Episodio único en remisión parcial
.x5 Episodio único en remisión total
.x8 Otro patrón o no especificado
.x9 Menos de 1 año desde el inicio de los primeros síntomas de fase activa
Criterios para el diagnóstico de F20.3 Tipo indiferenciado
(295.90)
Un tipo de esquizofrenia en que están presentes los síntomas
del Criterio A, pero que no cumple los criterios para el tipo paranoide,
desorganizado o catatónico.
Codificación del curso de la esquizofrenia en el quinto
dígito:
.x2 Episódico con síntomas residuales interepisódicos
.x3 Episódico con síntomas residuales no interepisódicos
.x0 Continuo
.x4 Episodio único en remisión parcial
.x5 Episodio único en remisión total
.x8 Otro patrón o no especificado
.x9 Menos de 1 año desde el inicio de los primeros síntomas de fase activa
Criterios para el diagnóstico de F20.5 Tipo residual
(295.60)
Un tipo de esquizofrenia en el que se cumplen los siguientes
criterios:
A.
Ausencia de ideas delirantes, alucinaciones, lenguaje desorganizado y
comportamiento catatónico o gravemente desorganizado.
B.
Hay manifestaciones continuas de la alteración, como lo indica la presencia
de síntomas negativos o de dos o más síntomas de los enumerados en el
Criterio A para la esquizofrenia, presentes de una forma atenuada (p. ej.,
creencias raras, experiencias perceptivas no habituales).
Codificación del curso de la esquizofrenia en el quinto
dígito:
.x2 Episódico con síntomas residuales interepisódicos
.x3 Episódico con síntomas residuales no interepisódicos
.x0 Continuo
.x4 Episodio único en remisión parcial
.x5 Episodio único en remisión total
.x8 Otro patrón o no especificado
.x9 Menos de 1 año desde el inicio de los primeros síntomas de fase activa
Criterios para el
diagnóstico de F20.8 Trastorno esquizofreniforme (295.40)
A.
Se cumplen los Criterios A, D y E para la esquizofrenia.
B.
Un episodio del trastorno (incluidas las fases prodrómica, activa y
residual) dura al menos 1 mes, pero menos de 6 meses. (Cuando el diagnóstico
debe hacerse sin esperar a la remisión, se calificará como "provisional".)
Especificar si:
Sin características de
buen pronóstico
Con características de
buen pronóstico: indicadas por dos (o más) de los siguientes ítems:
1.
inicio de síntomas psicóticos acusados dentro de las primeras 4 semanas del
primer cambio importante en el comportamiento o en la actividad habitual
2. confusión o perplejidad a lo largo del episodio psicótico
3. buena actividad social y laboral premórbida
4. ausencia de aplanamiento o embotamiento afectivos
Criterios para el
diagnóstico de F25 Trastorno esquizoafectivo (295.70)
A.
Un período continuo de enfermedad durante el que se presenta en algún
momento un episodio depresivo mayor, maníaco o mixto, simultáneamente con
síntomas que cumplen el Criterio A para la esquizofrenia.
Nota: El episodio
depresivo mayor debe incluir el Criterio A1: estado de ánimo depresivo.
B.
Durante el mismo período de enfermedad ha habido ideas delirantes o
alucinaciones durante al menos 2 semanas en ausencia de síntomas afectivos
acusados.
C.
Los síntomas que cumplen los criterios para un episodio de alteración del
estado de ánimo están presentes durante una parte sustancial del total de la
duración de las fases activa y residual de la enfermedad.
D.
La alteración no es debida a los efectos fisiológicos directos de alguna
sustancia (p. ej., una droga de abuso o un medicamento) o a enfermedad
médica.
Codificación basada
en tipo:
.0 Tipo
bipolar:
si la alteración incluye un
episodio maníaco o mixto (o un episodio maníaco o mixto y episodios
depresivos mayores)
.1 Tipo
depresivo: si la
alteración sólo incluye episodios depresivos mayores
Criterios para el
diagnóstico de F22.0 Trastorno delirante (297.1)
A.
Ideas delirantes no extrañas (p. ej., que implican situaciones que ocurren
en la vida real, como ser seguido, envenenado, infectado, amado a distancia
o engañado por el cónyuge o amante, o tener una enfermedad) de por lo menos
1 mes de duración.
B.
Nunca se ha cumplido el Criterio A para la esquizofrenia.
Nota: En el trastorno
delirante puede haber alucinaciones táctiles u olfatorias si están
relacionadas con el tema delirante.
C.
Excepto por el impacto directo de las ideas delirantes o sus ramificaciones,
la actividad psicosocial no está deteriorada de forma significativa y el
comportamiento no es raro ni extraño.
D.
Si se han producido episodios afectivos simultáneamente a las ideas
delirantes, su duración total ha sido breve en relación con la duración de
los períodos delirantes.
E.
La alteración no es debida a los efectos fisiológicos directos de alguna
sustancia (p. ej., una droga o un medicamento) o a enfermedad médica.
Tipo
(en base al tema delirante que predomine):
Tipo erotomaníaco:
ideas delirantes de que otra persona, en general de un status superior, está
enamorada del sujeto.
Tipo de grandiosidad:
ideas delirantes de exagerado valor, poder, conocimientos, identidad, o
relación especial con una divinidad o una persona famosa.
Tipo celotípico:
ideas delirantes de que el compañero sexual es infiel.
Tipo persecutorio:
ideas delirantes de que la persona (o alguien próximo a ella) está siendo
perjudicada de alguna forma.
Tipo somático:
ideas delirantes de que la persona tiene algún defecto físico o una
enfermedad médica.
Tipo mixto:
ideas delirantes características de más de uno de los tipos anteriores, pero
sin predominio de ningún tema.
Tipo no especificado
Criterios para el
diagnóstico de F23.8 Trastorno psicótico breve (298.8)
A.
Presencia de uno (o más) de los síntomas siguientes:
1.
ideas delirantes
2. alucinaciones
3. lenguaje desorganizado (p. ej., disperso o incoherente)
4. comportamiento catatónico o gravemente desorganizado
Nota: No incluir un síntoma si es un patrón de respuesta
culturalmente admitido.
B.
La duración de un episodio de la alteración es de al menos 1 día, pero
inferior a 1 mes, con retorno completo al nivel premórbido de actividad.
C.
La alteración no es atribuible a un trastorno del estado de ánimo con
síntomas psicóticos, a un trastorno esquizoafectivo o a esquizofrenia y no
es debido a los efectos fisiológicos directos de una sustancia (p. ej., una
droga, un medicamento) o de una enfermedad médica.
Codificación según tipos:
.81 Con desencadenante(s) grave(s) (psicosis
reactiva breve):
si los síntomas psicóticos se presentan poco después y en aparente respuesta
a uno o más acontecimientos que, solos o en conjunto, serían claramente
estresantes para cualquier persona en circunstancias parecidas y en el mismo
contexto cultural.
.80 Sin desencadenante(s) grave(s):
si los síntomas psicóticos no se presentan poco después o no parecen una
respuesta a acontecimientos que serían claramente estresantes para cualquier
persona en circunstancias parecidas y en el mismo contexto cultural.
Especificar si:
De inicio en el posparto: si el inicio se produce en las primeras 4 semanas del
posparto.
Criterios para el
diagnóstico de F24 Trastorno psicótico compartido (297.3)
A.
Se desarrolla una idea delirante en un sujeto en el contexto de una relación
estrecha con otra(s) persona(s) que ya tiene(n) una idea delirante
establecida.
B.
La idea delirante es parecida en su contenido a la de la persona que ya
tenía la idea delirante.
C.
La alteración no se explica mejor por la presencia de otro trastorno
psicótico (p. ej., esquizofrenia) o de un trastorno del estado de ánimo con
síntomas psicóticos, y no es debida a los efectos fisiológicos directos de
alguna sustancia (p. ej., una droga, un medicamento) o a una enfermedad
médica.
Criterios para el
diagnóstico de F06. Trastorno psicótico debido a... (indicar enfermedad
médica) (293)
A.
Alucinaciones o ideas delirantes acusadas.
B.
A partir de la historia clínica, la exploración física o las pruebas de
laboratorio, hay pruebas de que la alteración es un efecto fisiológico
directo de una enfermedad médica.
C.
La alteración no se explica mejor por la presencia de otro trastorno
mental.
D.
La alteración no aparece exclusivamente en el transcurso de un delirium.
Código basado en
síntoma predominante:
.2 Con
ideas delirantes:
si predominan las ideas delirantes.
.0 Con
alucinaciones:
si predominan las alucinaciones.
Nota de codificación:
Si, como parte de una demencia previa, se presentan ideas delirantes,
indicar las ideas delirantes codificando, si es posible, el subtipo de
demencia, por ejemplo, F00.11 Demencia tipo Alzheimer, de inicio tardío, con
ideas delirantes [290.20].
Criterios para el
diagnóstico de trastorno psicótico inducido por sustancias
A.
Alucinaciones o ideas delirantes. Nota: No incluir las alucinaciones si el
sujeto es consciente de que son provocadas por la sustancia.
B.
A partir de la historia clínica, la exploración física o los exámenes de
laboratorio, hay pruebas de 1 o 2:
1.
los síntomas del Criterio A aparecen durante o en el mes siguiente a una
intoxicación por o abstinencia de sustancias
2. el consumo de un medicamento está etiológicamente relacionado con
la alteración
C.
La alteración no se explica mejor por la presencia de un trastorno psicótico
no inducido por sustancias. Las pruebas de que los síntomas no son
atribuibles a un trastorno psicótico no inducido por sustancias pueden ser
las siguientes: los síntomas preceden al inicio del consumo de la sustancia
(o al consumo del medicamento); los síntomas persisten durante un período
sustancial de tiempo (p. ej., alrededor de 1 mes) tras la abstinencia aguda
o la intoxicación grave, o son claramente excesivos en relación con lo que
cabría esperar por el tipo o la cantidad de la sustancia utilizada o la
duración de su uso, o hay otros datos que sugieren la existencia de un
trastorno psicótico no inducido por sustancias (p. ej., una historia de
episodios recidivantes no relacionados con sustancias).
D.
La alteración no aparece exclusivamente en el transcurso de un delirium.
Nota: Debe realizarse este diagnóstico en lugar del
diagnóstico de intoxicación por sustancias o abstinencia de sustancias
únicamente si los síntomas son excesivos en relación con los habitualmente
asociados al síndrome de intoxicación o abstinencia y cuando los síntomas
son de suficiente gravedad como para merecer atención clínica independiente.
Código para el trastorno psicótico inducido por sustancia
específica:
F10.51 Alcohol, con ideas delirantes [291.5]
F10.52 Alcohol, con alucinaciones [291.3]
F16.51 Alucinógenos, con ideas delirantes [292.11]
F16.52 Alucinógenos, con alucinaciones [292.12J
F15.51 Anfetamina (o sustancias de acción similar), con ideas delirantes
[292.11]
F15.52 Anfetamina (o sustancias de acción similar), con alucinaciones
[292.12]
F12.51 Cannabis, con ideas delirantes [292.11]
F12.52 Cannabis, con alucinaciones [292.12]
F14.51 Cocaína, con ideas delirantes [292.11]
F14.52 Cocaína, con alucinaciones [292.12]
F19.51 Fenciclidina (o sustancias de acción similar) con ideas delirantes
[292.11]
F19.52 Fenciclidina (o sustancias de acción similar), con alucinaciones
[292.12]
F18.51 Inhalantes, con ideas delirantes [292.11]
F18.52 Inhalantes, con alucinaciones [292.11]
F11.51 Opiáceos, con ideas delirantes [292.11]
F11.52 Opiáceos, con alucinaciones [292.12]
F13.51 Sedantes, hipnóticos o ansiolíticos, con ideas delirantes [292.11]
F13.52 Sedantes, hipnóticos o ansiolíticos, con alucinaciones [292.12]
F19.51 Otras sustancias (o desconocidas), con ideas delirantes [292.11]
F19.52 Otras sustancias (o desconocidas), con alucinaciones [292.12]
Especificar si:
De inicio durante la intoxicación:
si se cumplen los criterios para la intoxicación por la sustancia y los
síntomas aparecen durante la intoxicación.
De inicio durante
la abstinencia:
si se cumplen los criterios para la abstinencia de la sustancia y los
síntomas aparecen durante o poco tiempo después del síndrome de abstinencia.
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